- Carta del presidente/ CEO
- Misión de PBG
- Números de la Línea de Ética Empresarial
- Cosas que se deben considerar al leer y aplicar nuestro Código de Conducta Universal
- Imposición de la Ética Empresarial y la Conformidad Legal
- Denuncia de una Violación
- Renuncias y Enmiendas
- Realizar Negocios con Integridad
- El Entorno Laboral de PBG
- Prácticas Comerciales
- Calidad de los Productos y Protección del Medio Ambiente
- Uso y Protección de Recursos de PBG
- Abuso de Información Privilegiada
- Relaciones con la Comunidad y Participación Política
Realizar Negocios con Integridad
Conflictos de Intereses
Todo empleado, consejero y directivo de PBG tiene la obligación de actuar en todo momento de la manera más favorable para la Compañía. Nunca debe existir un conflicto o la apariencia de un conflicto entre sus intereses personales–o los de su familia–y los intereses de la Compañía.
Un “conflicto de interés” ocurre cuando su interés particular interfiere de alguna manera, o incluso parezca interferir, con los intereses de la Compañía. Podría surgir un conflicto de intereses cuando usted o un familiar suyo tenga un interés o inversión que le dificulte realizar su trabajo de manera objetiva, justa y eficaz.
A continuación se presentan algunas situaciones hipotéticas que podrían dar lugar a un conflicto de intereses o a la apariencia de un conflicto tal:
- Poseer una participación (que no sea una participación a través de un fondo de inversión mutuo cotizado públicamente) en, prestar servicios o trabajar para una compañía o persona que sea cliente, proveedor o competidor de PBG.
- Realizar trabajo o servicio para otra empresa, que interfiera con sus responsabilidades en PBG.
- Solicitar un regalo, préstamo o favor (p. ej., descuentos u otros beneficios) a un cliente o proveedor existente o potencial.
- Otorgar o aceptar un regalo que exceda de un valor nominal y no tenga ningún fin comercial, a o de un cliente o proveedor existente o potencial.
- Usar información confidencial de PBG para su propio beneficio o para beneficio de otros.
- Competir con PBG para la compra o venta de propiedad, servicios u otros intereses.
- Beneficiarse de una empresa u oportunidad comercial que esté relacionada con los negocios de PBG y de la que usted se entere o desarrolle durante el curso de su empleo en PBG, o en asociación con ésta.
- Recibir un préstamo o garantía de una obligación como consecuencia de su puesto dentro de la Compañía.
Si usted o algún familiar suyo participa en un trato de negocios que pudiera crear un conflicto, tiene la obligación de revelar inmediatamente tal trato a su gerente de Recursos Humanos o a la persona designada para su localidad, quien, junto con la Oficina de Cumplimiento de PBG, determinará si existe un posible conflicto de intereses real o potencial. En caso afirmativo, se le aconsejará cómo evitar o resolver adecuadamente el conflicto.
Regalos de Negocios, Pagos y Trato Justo
Es política de PBG tomar decisiones de negocios basadas en el mérito. Todo empleado, consejero y directivo de la Compañía debe procurar tratar de manera justa con clientes, proveedores, competi-dores, el público y entre sí en todo momento. Nunca debe ofrecer, dar ni recibir–ni directa ni indirectamente–nada de valor a o de un socio de negocios con el objeto de influir o recompensar una decisión o resultado. Artículos promocionales baratos, como por ejemplo playeras y gorras, por lo general son de un valor nominal y no violan esta política. Sin embargo, regalos de valor, como comidas, viajes, entretenimiento, tarjetas de regalo o mercancía que exceden de un valor nominal, están sujetos a esta política. Para evitar conflictos y no generar malos entendidos nunca se debe dar dinero a un cliente, proveedor u otro socio de negocios, no importando la cantidad de la que se trate.
Generalmente, sólo se puede dar o recibir un regalo o incentivo a o de un socio de negocios si el mismo tiene un propósito comercial y ha sido autorizado por su supervisor. Es responsabilidad suya plantear estos asuntos a su supervisor, quien determinará si el regalo o incentivo es apropiado. Por lo tanto, antes de aceptar u otorgar un regalo o incentivo, debe tratar la situación con su supervisor.
Además, al dar un regalo o incentivo, es responsabilidad suya (1) obtener autorización tanto de PBG como del gerente de su área o Centro de Distribución para dar dicho regalo; (2) asegurarse de que el regalo no viole las políticas internas de la empresa; y (3) verificar que el regalo no viole ninguna ley aplicable.
Asimismo, nunca se debe dar regalos o entreteni-miento, con excepción de artículos promocionales (si lo permiten las leyes aplicables), a funcionarios públicos bajo ninguna circunstancia, sin el consentimiento de antemano del Departamento Jurídico.
Realización de Negocios Internacionales
Todo empleado, consejero y directivo de PBG debe acatar las leyes estadounidenses y no estadounidenses aplicables relacionadas con aduanas y comercio. Esto significa que debe presentar de manera precisa y veraz toda transacción de negocios internacional a funcionarios de aduanas y organismos gubernamentales.
PBG acata las leyes y reglamentaciones de los países donde realiza actividades comerciales. Respetamos las costumbres legítimas de cada país y practicamos el civismo empresarial responsable a través de la divulgación a voluntarios locales y las donaciones financieras y de productos.
PBG está cometida a cumplir con la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA por Foreign Corrupt Practices Act), la cual, como se resume a continuación, prohíbe sobornar a un funcionario extranjero y exige a PBG mantener libros y registros que reflejen de manera precisa y real todas las transacciones y disposiciones de los activos de la Compañía. La FCPA se aplica a todos los empleados, consejeros, directivos y representantes de PBG (por ejemplo a sus afiliadas y agencias). Todo empleado y representante de PBG que trate con proveedores, clientes y socios de negocios de PBG extranjeros está sujeto a la FCPA.
La FCPA prohíbe hacer pagos y dar regalos o algo de valor a funcionarios extranjeros, cuyo objetivo sea influenciar una decisión de negocios de éstos, inducirlos a utilizar su influencia con un gobierno extranjero, o que de otro modo le otorgue a la Compañía una ventaja comercial injusta. Funcionarios extranjeros incluye a empleados de gobiernos, empleados de empresas propiedad del estado, partidos políticos y sus directivos, y candidatos a cargos públicos. La FCPA también prohíbe ofrecer o dar algo de valor a una entidad o persona (p. ej., un agente) si alguna parte del pago se utilizará para alguno de los actos prohibidos. Además, la FCPA contiene disposiciones contables que exigen a las empresas mantener libros, registros y cuentas que, en detalle razonable, reflejen de forma precisa y completa las transacciones y disposiciones de los activos de la Compañía. La FCPA no se aplica a la facilitación de pagos para acelerar o asegurar que un gobierno actúe rutinariamente.
Nunca se debe efectuar un pago ni ofrecer ni dar nada de valor, ni directa ni indirectamente, a un funcionario extranjero ni a un consultor o agente en re-lación con una transacción de negocios internacional, sin obtener primero la autorización del Departamento Jurídico. Todos los pagos deben ser por servicios comerciales válidos y de conformidad con el Código, la FCPA y toda ley local aplicable. El monto de todo pago debe estar razonablemente relacionado con los servicios prestados, y tanto el pago como los servicios deben registrarse y documentarse adecuadamente. Bajo ninguna circunstancia se debe efectuar pagos ni dar nada de valor a funcionarios extranjeros para alentarlos o recompensarlos por hacer negocios con PBG. Todo empleado de PBG también debe presentar de manera precisa y veraz toda transacción de negocios internacional a funcionarios de aduanas y orga-nismos gubernamentales.
Se puede obtener un ejemplar completo de la Política de Conformidad Anti-soborno Internacional de PBG en el Departamento Jurídico o en la intranet de la Compañía.
Exactitud de los Enunciados Promocionales
Las actividades de ventas y promocionales deben reflejar la integridad y los altos principios éticos de PBG. Seremos veraces y exactos en las comunicaciones de negocios que tengamos con nuestros clientes, socios de negocios y el público consumidor.
Exactitud y Retención de Registros y Comunicaciones Comerciales
PBG está legalmente obligada a mantener registros y cuentas que reflejen nuestros negocios de forma exacta y justa. PBG también tiene la obligación de mantener un sistema de controles internos de contabilidad.
Es responsabilidad suya llevar registros adecuados y precisos de todo aspecto de los negocios de PBG, incluyendo, por ejemplo, compras de materias primas y concentrados, control de calidad, pérdidas de inventario y ventas de productos. Nunca se debe registrar imprecisamente o alterar información, ni ordenar o permitir a otros hacerlo, bajo ninguna circunstancia. Nunca se debe establecer o permitir que se establezca un fondo corporativo no revelado o no registrado para ningún fin, ni colocar ningún fondo de la Compañía en una cuenta personal o ajena a la Compañía.
Los registros de negocios deben retenerse de acuer-do con las políticas de retención de registros de la Compañía y toda ley aplicable. Nunca se debe desechar registros relacionados con un litigio o investigación en curso o potencial (ni ordenar o permitir que otros lo hagan) hasta que concluya tal litigio o investigación y hasta primero contactar al Departamento Jurídico. La destrucción no autorizada de tales documentos podría tener consecuencias negativas para PBG y la persona involucrada, incluyendo posibles sanciones civiles y/o penales. Por ejemplo, conforme a las leyes estadounidenses, es ilegal destruir documentos a sabiendas de que los mismos podrían ser relevantes para un procedimiento oficial. La destrucción de documentos bajo estas circunstancias constituye un delito grave y se castiga con una multa y hasta veinte (20) años de cárcel.
Al igual que con toda investigación, usted tiene la obligación de cooperar cabalmente con los auditores internos y externos de PBG.
Si tiene alguna pregunta sobre la Política de Retención de Registros de PBG, contacte al Departamento Jurídico.
Calidad de las Divulgaciones Públicas
La Compañía provee a los accionistas información completa y exacta, de todo aspecto importante, acerca de la situación financiera de la Compañía y los resultados de sus operaciones. Los informes y documentos que presentamos ante la Comisión de Valores y Bolsas (SEC por Securities and Exchange Commission) de los Estados Unidos, así como nuestras demás comunicaciones públicas, deben incluir divulgaciones completas, justas, precisas, oportunas y comprensibles. La Compañía ha estable-cido controles y procedimientos de divulgación para asegurar que la información necesaria para preparar informes periódicos a la SEC y otras divulgaciones públicas se acumule y se ponga a disposición de la alta gerencia oportunamente. Estos controles y procedimientos de divulgación son monitoreados y eva-luados por un Comité de Divulgación integrado por nuestro Asesor Jurídico General, nuestro Contralor, el Vicepresidente de Relaciones con los Inversionistas y el Vicepresidente de Auditoría Interna. Todo empleado y directivo está obligado a cooperar cabalmente con el Comité de Divulgación y suministrar toda información pertinente cuando se le solicite.